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3. ¿Cómo contraer matrimonio civil en Barcelona?

La celebración de matrimonio es el acto por el que dos personas contraen matrimonio civil ante la autoridad competente. La autoridad competente en el Ayuntamiento de Barcelona es el alcalde o alcaldesa, que al mismo tiempo delega la función en los regidores y las regidoras.

Los trámites para el matrimonio civil deberán iniciarse siempre en el Registro Civil del municipio donde estén empadronados uno o los dos futuros contrayentes. Si están domiciliados en poblaciones diferentes podrán escoger la que más les convenga. A través de este procedimiento previo a la celebración del matrimonio, los contrayentes acreditan, por medio del expediente tramitado, que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en el Código Civil para contraer matrimonio, según la legislación vigente.

Una vez obtenido el Auto del Registro Civil, podrán solicitar fecha para la celebración de matrimonio civil en el Ayuntamiento de Barcelona. En todo caso, entre el Auto del Registro Civil y la fecha de celebración del matrimonio, debe transcurrir un mínimo de un mes. Para mayor información sobre el trámite se recomienda visitar el siguiente enlace web: https://w30.bcn.cat/APPS/portaltramits/portal/channel/default.html